El pasado 28 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que modifica, complementa y deroga ciertas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores y de la Ley de Fondos de Inversión en México. Dicho decreto entró en vigor el día siguiente a su publicación, es decir, el 29 de diciembre de 2023.
En virtud de este decreto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con la opinión previa de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México, deberá emitir, en un plazo no mayor a 365 días a partir de la fecha de su publicación, disposiciones generales complementarias en materia de desarrollo sostenible para fortalecer la gobernanza corporativa, la adopción de mejores prácticas de mercado y la igualdad de género en las corporaciones, emisores y otros participantes que operan en el mercado de valores mexicano. Esta medida ya estaba prevista en la Estrategia de Movilización de Financiamiento Sostenible publicada por el Ministerio el 18 de septiembre de 2023, la cual establece plazos y metas para la emisión de regulaciones en materia de sostenibilidad, con el objetivo de continuar con la movilización de capital verde público y privado, alineado con los compromisos internacionales sobre el cambio climático asumidos por el gobierno mexicano.
Con la emisión de estas disposiciones, México se convertirá en uno de los primeros países de América Latina en establecer obligaciones normativas en materia de desarrollo sostenible.
Se espera que con la incorporación del Artículo 9 Bis a la Ley del Mercado de Valores, se emitan disposiciones generales complementarias que establezcan obligaciones en materia de desarrollo financiero sostenible. Entre las entidades reguladas se encuentran las sociedades bolsa, las sociedades promotoras de inversión en bolsa, los emisores, los emisores simplificados, las casas de bolsa, las sociedades de valores, las instituciones depositarias de valores, las contrapartes centrales de valores, los proveedores de precios, las empresas que gestionan sistemas para facilitar operaciones con valores y las agencias calificadoras de valores.
En el caso de las sociedades bolsa cuyo negocio se centra en la sostenibilidad, las posibilidades de obtener financiamiento actualmente son muy limitadas debido a la falta de fuentes de financiamiento enfocadas en productos con criterios ambientales, sociales y de gobernanza. Por lo tanto, como parte de la reforma de la Ley del Mercado de Valores, se propone una opción simplificada que permita a las empresas pequeñas y medianas acceder a los diferentes instrumentos de financiamiento a un costo accesible, otorgando así más dinamismo al mercado de valores mexicano al brindar más opciones para la colocación de capital con enfoque sostenible. Se espera que, junto con las disposiciones generales complementarias, el Ministerio emita las directrices correspondientes para facilitar la concesión de préstamos y garantías a empresas verdes y sostenibles, así como directrices para el desarrollo de programas internos de gobierno corporativo para las empresas que deseen obtener este tipo de financiamiento.
Asimismo, el decreto hace referencia a la promoción de la sostenibilidad a través de la adopción de políticas de igualdad de género en el sector de la bolsa, las cuales también serán desarrolladas por el Ministerio en base a estas disposiciones generales complementarias, promoviendo así la inclusión de las mujeres en el sistema financiero mexicano.
Se espera que con estas modificaciones regulatorias, la transición hacia el capital verde continúe brindando un entorno propicio y una fuente de financiamiento más transparente e innovadora para cualquier proyecto sostenible.
Aunque las autoridades mexicanas encargadas de emitir las disposiciones generales complementarias para el desarrollo sostenible se encuentran en una etapa preparatoria, este proceso presenta ciertas similitudes con el seguido por la mayoría de los países europeos, principalmente con el caso de España. La Ley 11/2018, mediante la cual el Parlamento español modificó el Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital, fue la primera normativa que estableció obligaciones relacionadas con la presentación de informes de sostenibilidad, desarrollando específicamente disposiciones relacionadas con la divulgación de información financiera y no financiera, información sobre cuestiones medioambientales, la consideración de índices de contaminación, criterios para la implementación de la economía circular y la gestión de residuos, así como la divulgación de estrategias sobre cuestiones sociales internas relacionadas con el personal que trabaja en dichas empresas.
En México, la Estrategia de Movilización de Financiamiento Sostenible anticipa algunos de los temas que serán desarrollados por las nuevas regulaciones. Este documento contempla, en primer lugar, la implementación de medidas y controles internos obligatorios para las empresas que cotizan en el mercado de valores mexicano para crear un comité de sostenibilidad que deba informar a sus consejos de administración sobre posibles riesgos sociales, de gobierno y medioambientales a los que están expuestas. Asimismo, establece la necesidad de crear un sistema de reporte, similar al disposuesto en la Ley española 11/2018, en el que se divulguen información sobre la gestión de recursos económicos y contables y los resultados de sus inversiones. Por otro lado, en materia medioambiental, la Estrategia de Movilización de Financiamiento Sostenible establece la necesidad de que las empresas incorporen un análisis de escenarios climáticos para conocer el impacto financiero y fiscal que podría tener una catástrofe climática en su negocio. Dicho análisis deberá estar alineado progresivamente con la Taxonomía Sostenible Mexicana, publicada en marzo de 2023, la cual define y clasifica, dentro de 6 sectores diferentes, qué tipo de actividades económicas deben considerarse sostenibles, así como sus impactos y riesgos.
Si bien la modificación a la Ley del Mercado de Valores únicamente establece en el Artículo 9 Bis la obligación de las autoridades locales de emitir las disposiciones generales complementarias, no proporciona más detalles sobre su contenido. Sin embargo, ya existe una norma de mercado internacional dentro del sector bursátil internacional a la cual estas regulaciones deben adherirse. Asimismo, existen ciertos documentos publicados por el Ministerio, la CNBV y el Banco de México que establecen ciertas recomendaciones para las empresas cotizadas en la Bolsa Mexicana de Valores para adoptar prácticas sostenibles que podrían seguir como modelo, con el fin de anticipar las nuevas obligaciones que sin duda estarán sujetas a sanciones en caso de incumplimiento.
La incorporación de sanciones se ha replicado en diversos sistemas jurídicos internacionales, principalmente dentro de los países de la Unión Europea, el Reino Unido, Estados Unidos y, más recientemente, Australia, que ha publicado ciertas regulaciones que incluyen sanciones para evitar que las empresas cotizadas incurran en “greenwashing”, una práctica injusta que implica que una empresa o inversor institucional
Preguntas frecuentes basadas en los temas principales y la información presentada en el artículo:
1. ¿Qué decreto se publicó el 28 de diciembre de 2023 en México?
El decreto que modifica, complementa y deroga ciertas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores y de la Ley de Fondos de Inversión en México.
2. ¿Cuándo entró en vigor el decreto?
El decreto entró en vigor el 29 de diciembre de 2023, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
3. ¿Qué se espera que emita el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en un plazo de 365 días?
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe emitir disposiciones generales complementarias en materia de desarrollo sostenible para fortalecer la gobernanza corporativa, la adopción de mejores prácticas de mercado y la igualdad de género en las corporaciones, emisores y otros participantes que operan en el mercado de valores mexicano.
4. ¿Qué entidades reguladas se verán afectadas por las nuevas disposiciones?
Entre las entidades reguladas se encuentran las sociedades bolsa, las sociedades promotoras de inversión en bolsa, los emisores, los emisores simplificados, las casas de bolsa, las sociedades de valores, las instituciones depositarias de valores, las contrapartes centrales de valores, los proveedores de precios, las empresas que gestionan sistemas para facilitar operaciones con valores y las agencias calificadoras de valores.
5. ¿Qué objetivo busca la opción simplificada propuesta en la reforma de la Ley del Mercado de Valores?
La opción simplificada busca permitir que las empresas pequeñas y medianas accedan a diferentes instrumentos de financiamiento con criterios ambientales, sociales y de gobernanza a un costo accesible, proporcionando más dinamismo al mercado de valores mexicano y más opciones para la colocación de capital sostenible.
6. ¿Qué se espera que promueva el Ministerio en el sector de la bolsa en México?
El Ministerio se espera que promueva la adopción de políticas de igualdad de género en el sector de la bolsa, que también serán desarrolladas en base a las disposiciones generales complementarias.
7. ¿Cuáles son las similitudes entre el proceso seguido en México y España en cuanto a la regulación de sostenibilidad?
Tanto en México como en España se han establecido obligaciones relacionadas con la presentación de informes de sostenibilidad en el mercado de valores. En España, la Ley 11/2018 modificó el Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital para establecer estas obligaciones.
8. ¿Qué temas contempla la Estrategia de Movilización de Financiamiento Sostenible en México?
La Estrategia contempla medidas y controles internos obligatorios, creación de comités de sostenibilidad, sistemas de reporte de información financiera y no financiera, análisis de escenarios climáticos, alineamiento con la Taxonomía Sostenible Mexicana, entre otros.
9. ¿Qué sucede si se incumplen las nuevas obligaciones establecidas en la Ley del Mercado de Valores?
Las nuevas obligaciones estarán sujetas a sanciones en caso de incumplimiento. Existen normas de mercado internacional y recomendaciones de entidades mexicanas que podrían servir como modelo para las empresas cotizadas en la Bolsa Mexicana de Valores.
Definiciones de términos clave o jerga utilizada en el artículo:
– Ley del Mercado de Valores: La Ley del Mercado de Valores es una legislación que regula el funcionamiento del mercado de valores en México, estableciendo los derechos y obligaciones de los participantes y promoviendo la transparencia y la protección de los inversores.
– Desarrollo sostenible: El desarrollo sostenible busca satisfacer las necesidades presentes sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades, teniendo en cuenta los aspectos económicos, sociales y ambientales.
– Gobernanza corporativa: La gobernanza corporativa se refiere al conjunto de principios y normas que regulan la dirección y administración de una empresa, estableciendo mecanismos para proteger los intereses de los accionistas y asegurar una gestión responsable.
– Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV): La CNBV es un organismo regulador en México encargado de supervisar y regular el sistema bancario y el mercado de valores, asegurando la estabilidad y la confianza en dichos sistemas.
– Casa de bolsa: Una casa de bolsa es una institución financiera que se encarga de intermediar en la compra y venta de valores en el mercado de valores, ofreciendo servicios de asesoría financiera, administración de carteras y ejecución de órdenes de compra y venta.
– Agencia calificadora de valores: Una agencia calificadora de valores es una empresa que evalúa la calidad crediticia de los emisores de valores y emite calificaciones sobre su riesgo crediticio, ofreciendo información a los inversionistas sobre la solidez financiera de dichos emisores.
Enlaces relacionados sugeridos:
– Ministerio de Hacienda y Crédito Público
– Comisión Nacional Bancaria y de Valores
– Banco de México
– Bolsa Mexicana de Valores